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Exportación de servicios en Argentina: ¿se pagan derechos de exportación en 2026?

En Infocus trabajamos con empresas de software, servicios profesionales y pymes que facturan al exterior. Por eso, frente a cada duda normativa, volvemos a la fuente, verificamos artículo por artículo y analizamos el impacto real en quienes exportan servicios.

Una consulta frecuente en este inicio de año es concreta: ¿hoy corresponde pagar derechos de exportación por servicios facturados al exterior?

No. Hoy no corresponde pagar derechos de exportación por servicios facturados al exterior en Argentina. El régimen que los establecía tuvo vigencia limitada. Incluso durante su aplicación existía una excepción para pymes: solo debían tributar cuando superaban un monto anual de USD 600.000, aplicándose el derecho de exportación únicamente sobre el excedente.

A continuación, te lo explicamos.

" Hoy no corresponde pagar derechos de exportación por servicios facturados al exterior en Argentina. El régimen que los establecía tuvo vigencia limitada.

Qué establecía el régimen original de derechos de exportación para servicios

El Decreto 1201/2018 creó un derecho de exportación aplicable a prestaciones de servicios cuya utilización o explotación efectiva se realizará en el exterior.

En su versión original:

  • Fijaba una alícuota del 12%.
  • Establecía un tope de $4 por dólar exportado.
  • Alcanzaba a servicios facturados al exterior bajo el concepto de “exportación de servicios”.

Cambios introducidos por el Decreto 99/2019:

  • Redujo la alícuota al 5%.
  • Eliminó el tope de $4 por dólar exportado.
  • Estableció expresamente que el derecho regía hasta el 31 de diciembre de 2021.

Derechos de exportación desde 2022: qué dice la normativa vigente

El punto clave es este: el decreto que fijó la alícuota del 5% estableció una vigencia temporal hasta el 31/12/2021.

No existen normas posteriores que hayan prorrogado o restablecido ese derecho de exportación sobre servicios.

Por lo tanto:

Desde el 1 de enero de 2022 no se encuentra vigente el derecho de exportación aplicable a prestaciones de servicios.

En 2026, las exportaciones de servicios no están alcanzadas por derechos de exportación bajo ese régimen.

Entonces, ¿por qué sigue apareciendo la duda?

Porque:

  • La norma existió y tuvo aplicación concreta entre 2019 y 2021.
  • Muchos portales todavía mencionan el régimen sin aclarar su vigencia.
  • Se suele confundir con otros conceptos vinculados al comercio exterior.

Por eso es importante diferenciar claramente:

  • Derechos de exportación (no vigentes para servicios).
  • Régimen cambiario.
  • Tratamiento en IVA.
  • Impuesto a las Ganancias.
  • Regímenes especiales como Economía del Conocimiento.

Son planos distintos y requieren análisis técnico separado.

Exportación de servicios: impuestos y regímenes que sí deben analizarse

Si tu empresa: 

  • Exporta servicios profesionales o tecnológicos.
  • Factura en moneda extranjera.
  • Está evaluando ampliar operaciones al exterior.

Es clave revisar:

  • Encuadre fiscal correcto.
  • Tratamiento en IVA (exportación exenta con derecho a reintegro).
  • Impacto en Ganancias.
  • Régimen cambiario vigente.
  • Beneficios promocionales aplicables.

Planificación fiscal para empresas que exportan servicios

No todas las normas que circularon en años anteriores siguen vigentes. Y tomar decisiones con información desactualizada puede generar costos innecesarios o riesgos evitables.

Por eso, en Infocus analizamos la normativa en detalle y validamos su vigencia antes de trasladar conclusiones a nuestros clientes.
La claridad normativa no es un detalle técnico: es parte de una gestión profesional y estratégica.

" Si exportás servicios o estás evaluando hacerlo, es un buen momento para revisar tu estructura fiscal y asegurarte de que esté alineada con la normativa actual.

Si tu empresa exporta servicios y necesita asesoramiento estratégico en planificación fiscal, en Infocus podemos acompañarte en Rosario, alrededores o cualquier punto de Santa Fe o CABA. ¡Contactanos! 

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